Asociación Catalana de Empresas de seguridad

10 consejos de ACAES

01

Cualquier servicio de seguridad, únicamente puede ser prestado por empresas de seguridad autorizadas por el Ministerio de Interior o el Departament d’Interior de la Generalitat de Cataluña.

Exija siempre el Nº de Registro como empresa de Seguridad y el ámbito de autorización.

02

Todos los servicios prestados por empresas de seguridad, deben de estar concertados en contratos con clausulado oficial. Estos serán comunicados, para su registro, a las dependencias policiales oportunas, en el plazo previsto legalmente.

Exija siempre el cumplimiento de este requisito para su mayor seguridad.

03

Únicamente las Empresas de Seguridad pueden prestar servicios de vigilancia y éstos pueden ser realizados únicamente mediante Vigilantes de Seguridad. El Vigilante de Seguridad es una figura oficialmente reconocida, que debe tener una formación concreta que le permita obtener la TIP (Tarjeta de Indetificación Profesional) sin la que no puede realizar las funciones prevista en la legislación.

Es ilegal la prestación de servicios de seguridad por cualquier otra figura distinta del Vigilante de Seguridad, debidamente habilitado y uniformado. Rechace cualquier oferta ilegal. Ante una desgracia usted también será responsable.

04

Sólo las Empresas de Seguridad pueden realizar instalaciones de Sistemas de Seguridad (Alarmas) conectadas a una Central Receptora de Alarmas (CRA) o centro de control. Estas deben ser realizadas siempre directamente, no subcontratadas a intermediarios (excepto otras empresas de seguridad autorizadas), y realizadas con personal de la propia plantilla.

No permita que profesionales, aún de su confianza, distintos de las empresas de seguridad, ni actuando supuestamente en  nombre de aquellas, instalen sus sistemas de seguridad. Es ilegal.

05

La instalación de un sistema de seguridad (alarma) ha de responder a un estudio ajustado a las condiciones arquitectónicas y de riesgo propios de cada entorno. No existen soluciones estándar válidas para todos.

Exija a su empresa de seguridad, un estudio que comprenda varias alternativas, reflejando claramente cual es el nivel de seguridad cubierto por cada una de ellas, y las zonas no cubiertas. Con buena información le será más fácil tomar la decisión oportuna. Pida presupuestos comparativos.

06

Una buena instalación de Seguridad, debe de responder a criterios de fiabilidad y vulnerabilidad.  El sistema ha de producir una alarma cuando ésta sea real y, siempre que se produzca una intrusión, ésta debe ser detectada por el sistema. El sistema deber ser fácilmente manejable por el usuario y no saboteable por el intruso.

Estas condiciones son de difícil comprobación a priori por el comprador. Confíe en su empresa de Seguridad, pero comprenda que la calidad siempre tiene su justo precio.

07

Como cualquier sistema, un perfecto funcionamiento exige un buen programa de mantenimiento. Únicamente las empresas de seguridad pueden realizar el mantenimiento de los sistemas de seguridad. Por muy sofisticados que sean los sistemas,  algunas labores de este  mantenimiento solo pueden ser realizadas en forma presencial. El buen mantenimiento  evita averías y problemas

Contrate siempre un servicio de mantenimiento correctivo y también preventivo de su instalación y asegúrese que éste incluye, revisiones in situ de todos los elementos que componen el sistema, con la periodicidad adecuada.

08

La eficacia del sistema, solo se completa cuando se conecta a un servicio de Central Receptora de Alarmas. Estas son las únicas autorizadas para transmitir señales de alarma a los Servicios de Policía, previa  verificación de las señales recibidas; verificación que puede ser realizada por medios técnicos o humanos, siempre de la Central Receptora.  La transmisión de falsas alarmas esta penalizada por ley

Colabore eficazmente con su Central Receptora, comunicándole todo error en la manipulación del sistema que puedan originar falsas alarmas.

09

Las empresas de seguridad están obligadas por ley,  a suscribir y mantener vigente una Póliza de Responsabilidad Civil, y depositar, a disposición de las autoridades, un aval monetario para responder de sus actuaciones.

Profesionalidad, Ley y Garantías, son los pilares de su Seguridad. No se arriesgue.

10

ACAES  como Asociación Catalana de Empresas de Seguridad, vela por los intereses colectivos del sector, e impone por eso a sus asociados el cumplimiento de un Código Deontológico. Las empresas de Seguridad respetan sus derechos.

Nos ponemos a su disposición. Consúltenos  cualquier duda o infórmenos de cualquier irregularidad que observe. Es por su seguridad.

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